¿Es válido realizar al-hajj estando endeudado?


252

( Número del tomo 10; Página 23)  Pregunta 34: ¿Está permitido ir a realizar al-hajj (peregrinación mayor) o la 'umrah (peregrinación menor) estando endeudado? Cabe mencionar que tengo la intención de liquidar todas estas deudas a mi regreso. ¿Debo comprar los objetos requeridos para realizar al-hajj, como la ropa de ihram de mi propio dinero, o es lícito tomarlos como regalo de un hermano musulmán?


Respuesta 34: Primero, la capacidad es una de las condiciones de la obligación para realizar al-hajj. Una vez que el musulmán se encuentre capaz de realizar al-hajj, debe apresurarse en realizarlo. En el caso de la deuda, el deudor puede realizar al-hajj si tiene la capacidad de pagar sus deudas, aparte de tener los gastos necesarios, o si el acreedor le permite satisfactoriamente al deudor realizar al-hajj. De lo contrario, para salir de dudas, tendrá que pagar las deudas antes de realizar al-hajj. Sin embargo, si lo realiza, será válido. Segundo, está permitido aceptar los reglas en este caso, y también en los demás casos, siempre que usted sepa que han sido obtenidos legalmente. ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!




Relacionado: