Registrar lo que ofrece el esposo en un inventario


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Respuesta 1: Si tal es el caso, no hay inconveniente en mencionarla en el contrato de matrimonio, y firmar la pareja en ella para que, en caso de desacuerdo que requiere el repudio (por mutuo acuerdo a instancia de la mujer y mediante una indemnización pagada por ella al esposo) será lo pagado por el esposo claro sin ninguna ambigüdad. ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!




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