Renunciar a la compensación del "jul‘" no anula el divorcio


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Pregunta: Me separé de mi mujer por el jul‘ (divorcio que la esposa pide pagando una compensación). Pero renuncié a esta compensación totalmente, como figura en el documento del jul‘. Esta mujer es mi prima paterna, y hasta ahora no se ha casado con otro. Además de nuestro mutuo consentimiento, su familia quiere que reanudemos nuestra relación mediante un nuevo contrato y nueva dote. Ruego que me emitan una fatwa, por favor. Cabe señalar que el documento del jul‘ estipula que el hermano de la mujer es quien se encargará de pagar la suma acordada después de dos años de la fecha del jul‘, a menos que se case ella con otro hombre antes de que se termine el período, pues en este caso debería pagarla en seguida. ( Número del tomo 19; Página 405)  Sin embargo, se añadió una nota a pie de página del documento del jul‘, con fecha de 16/3/1390 H., en la cual (A. Y. A) renunció a la compensación.


Respuesta: Primero: el jul‘ que hizo (A. Y. A) a su mujer se considera como divorcio irrevocable menor, y esto no tiene nada que ver con la renuncia del marido a la compensación. Segundo: Se le permite a (A. Y. A) que se case con su exesposa divorciada después de su consentimiento, con un nuevo contrato y nueva dote, a menos que haya pronunciado el divorcio dos veces antes del jul‘. ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!




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