Un hombre se casa con su prima paterna después del casamiento de su padre con la madre de ella


1523

Pregunta: Tenía dos primos paternos, ambos casados. Uno de ellos tuvo tres hijas y un hijo, y el otro cinco hijos. Murió el primero y el otro se casó con la viuda de su hermano, con la que tuvo dos hijas y dos hijos. ¿Está permitido que se casen las primeras hijas de esta mujer con los hijos de su tío paterno con su primera mujer?


( Número del tomo 18; Página 361) Respuesta: Si el caso es como usted ha mencionado, entonces está permitido a cada uno de los cinco hijos que se case con cualquiera de sus tres primas paternas, nacidas antes del casamiento de su padre con la madre de las hijas, si no hay impedimento de lazos de lactancia. El casamiento del padre de los cinco hijos con la madre de las tres hijas no está considerado un impedimento legal.¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!




Relacionado:




Yasser Al Qurashi