Respuesta: Si es tal caso, no se paga azaque sobre la miel producida por las abejas, pero sí será obligatorio pagar azaque sobre su valor si han sido preparadas para la venta, han alcanzado al-nisab (la cantidad mínima en la que el azaque es debido) y ha transcurrido un año de hégira de tenencia, y lo que se paga es el cuarto de un décimo de su valor. En cuanto a las abejas dedicadas a la venta; se consideran de los objetos sujetos a compraventa. El año de hégira de tenencia empieza al tener la intención de venderlo, puesto que el propietario lo evalua y paga el azaque, que es 2.5% de su valor al terminar el año. Lo que se vende de ello, empieza su año desde el tiempo de tener la intención de la venta. Si transcurre un año de hégira de tenencia desde la intención, el dueño del colmenar paga el cuarto de un décimo del valor por el que vende las abejas.¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!