El veredicto legal de la prostración en la recitación


1490

Respuesta 3: La prostración de la recitación es un acto supererogatorio. Y no hay prueba que diga que hay que dar la salutación final. Y aquel que hace una prosternación no tiene que dar la salutación final. Tampoco es obligatorio para aquel que hace este tipo de prosternación cuando llegue a una aleya de prosternación que sea al final de la sura, como las suras de (Al-A'raf), (Al-Nagm), o (Iqra`), -en su oración- que lee algo más del Corán después de ella y antes de la inclinación. Sin embargo no hay problema en hacerlo. Y se dice durante la prosternación de la recitación lo mismo que durante la prosternación de la oración.¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!




Relacionado:




LA PLENITUD DEL MENSAJE ETERNO