¿Está permitido que el padre del esposo vea el rostro de la madre de su nuera?


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Pregunta 3: ¿Está permitido que el padre del esposo vea el rostro de la madre de su nuera? ¿Está permitido que el padre de la esposa vea el rostro de la madre de su yerno? ¿Está permitido que el esposo vea el rostro de la tía materna o paterna de su esposa? ¿Está permitido que el tío paterno del marido vea el rostro de la esposa de su sobrino, si también es tío de la esposa? ¿Me está permitido ver la cara de la hermana de mi madrastra? ¿Me está permitido ver la cara de la madre de mi madrastra? ¿Me está permitido ver la cara de la esposa de mi tío paterno, que también es mi suegro? ¿Me está permitido ver la cara de la madrastra de mi esposa?


( Número del tomo 17; Página 360) Respuesta 3: No está permitido que el padre del marido vea el rostro de la madre de su nuera, porque no es un mahram (pariente incasable) suyo. Tampoco está permitido que el padre de la esposa vea el rostro de la madre de su yerno, porque él no es su mahram. No está permitido que el esposo vea el rostro de la tía paterna o materna de su esposa, ya que se le permite casarse con ellas si se divorcia de su esposa. No está permitido que el hijo vea el rostro de la hermana o la madre de su madrastra, ya que se le permite casarse con ellas. No está permitido al hombre ver el rostro de la esposa de su tío o la madrastra de su esposa, porque no es mahram para ellas. Al contrario, está permitido que el tío del marido vea el rostro de la esposa de su sobrino, si es un tío de ella también, porque él es su mahram.¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!




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