La venta a plazos fijando la cuantía de ganancia


240

Respuesta: Allah -Enaltecido sea- dice: Sin embargo Allah ha hecho lícito el comercio y ha prohibido la usura También dice: ¡Vosotros que creéis! Cuando tratéis entre vosotros un préstamo con plazo de devolución, ponedlo por escrito ( Número del tomo 13; Página 89)  Por ende, si esta persona vende los productos después de poseerlos completamente, entonces no incurre en falta al venderlos según lo acordado con el comprador sobre la tasa de ganancia; ya sea un tercio o un cuarto (del precio real). Por otro lado, no hay inconveniente alguno si la persona vende un determinado producto a precios diferentes, con tal de que no mienta al comprador diciendo que le está vendiendo el producto al mismo precio con el cual lo vendió a fulano; cuando en realidad lo está vendiendo a precios diferentes. Además, esta venta es lícita si no implica incertidumbre, ni contradice el precio del mercado. Sin embargo, este comerciante debe ser amable y estar contento con sus ganancias, deseando para su hermano musulmán lo que ama para sí mismo; ya que esto es bueno y trae la bendición (para sus ganancias). Y no debe estar motivado por la codicia y la avaricia; pues generalmente eso es un resultado de los corazones duros, la vileza y los crueles valores morales. ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!




Relacionado: