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Número del tomo 20;
Página 54) Respuesta: Está permitido encargar al tío materno de la esposa efectuar el repudio. Si aquel divorció a la esposa antes de que el marido anulara la autorización, entonces el repudio ha sido efectuado y, si no era el tercer repudio, será licito volver a ella mientras se encuentra en el plazo de espera. Sin embargo, si éste ya se terminó, tiene que contraer matrimonio con el permiso de la esposa y con una nueva dote, aunque si es el tercer repudio, no le está permitido casarse con ella antes de que ella se case con otro. Pero si el marido anuló la autorizacion dada al tío materno de la esposa antes de que efectuara el repudio y éste, aún sabiéndolo, igualmente realizó el repudio - entonces el divorcio no fue llevado a cabo, porque no se realizó por la persona autorizada, así que la esposa sigue casada con su marido. ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!